AUTOR: LEONARDO SUAREZ
República Bolivariana de Venezuela
Ministerio
del poder popular para la Educación Superior
Universidad
Deportiva del Sur
San Carlos Estado Cojedes
Derechos de los Atletas
AUTOR
Leonardo
Suarez C.I: 24.015.681
Diciembre,
2014
Los derechos humanos son aquellas condiciones
instrumentales que le permiten a la persona su realización, que incluyen a esa
persona, por el simple hecho de su condición humana, para la garantía de una
vida digna, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión,
opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición
económica, nacimiento o cualquier otra condición.
Una vez esclarecido el término de los
derechos, es importante resaltar que la posición de todo derecho, inicia una
vez que culmina un deber dentro de un entorno; y que se hace fundamental para
el desarrollo de ciertas actividades, por su parte, en relación a los derechos de un atleta, se definen como
códigos éticos, que permiten el cumplimiento de una disciplina, a través, de
ciertos lineamientos que le garantizaran un excelente desarrollo en el deporte seleccionado o practicado.
Para (González Garza, 1988), toda acción humana se encuentra motivada por valores que en forma consciente o inconsciente se trasmiten, por esta razón es tan importante facilitar el proceso valorar o evaluativo…. Educar es contribuir a la formación del hombre en su integridad, y este proceso no puede llevarse a cabo sin conciencia, conciencia de sí, de las propias experiencias y valores, de los actos que los manifiestan, de la existencia de otros seres que al igual que uno mismo, son dignos, libres y responsables, aunque sea tan sólo en potencia, conciencia del ser y del quehacer en el mundo, en todos aquellos papeles, situaciones y momentos que toca vivir..
El aporte de este autor manifiesta la inquietud, referente a las responsabilidades por parte de un colectivo a llevar a cabo una acción, y se hace mas concurrente en el desarrollo de actividades deportivas, ya que como lo establece la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, en su artículo 111, donde dice; que la ley del desarrollo de la actividad física, debe emplearse en todas las modalidades, federaciones deportivas y clubes profesionales, fundamentado en el derecho a materia deportiva, razón por la cual debe existir motivación por parte de un profesorado, para emplear muchas disciplina en el ámbito educativo, recordando que deben existir ciertos lineamientos a cumplir, para garantizar un equilibrio y control de toda organización deportiva, dándole auge a la participación de los diferentes atletas a mantenerse activo ante su condición física.
Por su parte la ley de deporte manifiesta cada unos de los derechos, que tiene un atleta, diseñada a la atención integral, y el logro de un alto rendimiento, que se podrá ejecutar de manera coordinada, con los entes deportivos públicos; estableciendo convenios nacionales e internacionales, que le garanticen la preparación técnica de los y las atletas, brindándoles los beneficios adquiridos a través de su participación, con el incentivo de ciertas becas, que permiten cubrir gastos personales en relación a su función.
Del mismo modo, existen autores que manifiestan la inquietud referente al derecho deportivo, tal es el caso de Javier Teba (1987); quien fundó un despacho de abogados, que desde el primer momento se orientó hacia el Derecho deportivo y que se ha venido incorporando, como clientes a federaciones, clubes, deportistas, técnicos, agentes y, en general, personas y entidades del mundo del deporte, aficionado y profesional, aunado a dar respuestas a los atletas a las diferentes interrogantes que se establecen en cuanto a sus derechos.
La complejidad del análisis del aporte de este autor radica en que debe existir una estrecha relación, entre el deber y el derecho, para crear la armonía necesaria y lograr la construcción de clubes que tengan atletas con un alto rendimiento, destacando, los derechos que los mismos deben gozar, para lograr el éxito deseado.